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Sustituye la PROFECO anexos relativos al formato de contratos de adhesión en materia inmobiliaria.

                                                                                                                                                                Por: Lic. Víctor Montero

                                                                                                                                                                victor@zarateabogados.com

La Ley Federal de Protección al Consumidor obliga a los proveedores de distintos bienes o servicios al registro de los contratos de adhesión que deben ofrecer al gran público consumidor, registro el cual se otorga previamente el estudio y análisis de dicho contrato por parte de la Procuraduría Federal del Consumidor.

Dichos contratos deben satisfacer ciertos requisitos que permitan al consumidor conocer plenamente los derechos y obligaciones que adquiere en virtud de la firma de dicho documento, e impedir a los proveedores pretender abusar del poder económico que representa el ente comercial en comparación a lo que representa un consumidor en lo particular.

Asimismo, la Procuraduría ―en uso de sus atribuciones— publica formatos de modelos de contratos, los cuales pueden ser adoptados por los proveedores y en tal caso deberán dar aviso de dicha adopción a la Autoridad.

El 24 de noviembre del año 2004, la Procuraduría Federal del Consumidor publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo a través del cual daba a conocer el formato de los contratos de adhesión en materia inmobiliaria. Formato que estuvo vigente hasta el día 25 de mayo de 2010, pues dicha Procuraduría emitió un nuevo acuerdo a través del cual sustituye los formatos publicados en el año dos mil cuatro y adecua el fundamento legal de los mismos a la normatividad legal actual.

Los contratos que sufrieron adecuaciones legales son los relativos a la compraventa en preventa de bien inmueble destinado para casa habitación, así como el relativo a la compraventa de bien inmueble destinado para casa habitación.

Si su empresa en su momento realizó el aviso a la Procuraduría de la adopción de los modelos de contrato publicados en el año 2004 y continúa usando dicho modelo, es necesario que realice las adecuaciones al mismo y dé aviso de la adopción del nuevo modelo a efecto de que su clausulado pueda surtir efectos en contra del consumidor.

En Zárate Abogados contamos con el equipo humano necesario para asesorarlo respecto a las modificaciones que dicha Procuraduría ha realizado a los modelos previamente publicados y para ayudarlo a mantener a su empresa en el entorno legal que garantice seguridad tanto al consumidor del bien, como a Usted en tanto proveedor.

 




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